Servicios

Servicios telemáticos del Banco de España que requieren certificados electrónicos

  • Solicitud de un certificado electrónico al Banco de EspañaAbre en nueva ventana
    • Acceso autenticado con arreglo a un certificadoAbre en nueva ventana

      Acceso destinado a entidades que ya disponen de un certificado electrónico emitido por un prestador de servicios de certificación aceptado por el Banco de EspañaAbre en nueva ventana, o bien de un certificado emitido por el propio Banco de España, y que requieren un certificado adicional para acceder a algún servicio telemático del Banco.

      Canal de comunicación: web o correo electrónico seguro.

      Colectivos a los que está dirigido: personas jurídicas.

    • Acceso anónimoAbre en nueva ventana

      Utilice este acceso en el supuesto de que así se lo haya indicado, por normativa o de forma directa, el departamento del Banco de España con el que mantiene relación. El documento de solicitud de certificado firmado de forma manuscrita se lo habrá de enviar a dicho departamento.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivos a los que está dirigido: personas jurídicas.

  • Servicio de Reclamaciones
    • Oficina Virtual de ReclamacionesAbre en nueva ventana

      Los ciudadanos (personas físicas y jurídicas) podrán presentar por medio de la página web del Banco de España sus reclamaciones, quejas o consultas en torno a las entidades financieras supervisadas por el Banco de España.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivos a los que está dirigido: personas físicas y jurídicas.

  • Central de Información de Riesgos
    • Acceso a la Petición de Informes CIRAbre en nueva ventana

      Los ciudadanos (personas físicas y jurídicas) que dispongan de firma digital podrán solicitar y recibir el Informe de riesgos de la CIR en nuestra Oficina Virtual.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivos a los que está dirigido: personas físicas y jurídicas.

  • Sistemas de pago
    • Órdenes de transferencia

      Los titulares de cuenta autorizados por el Departamento de Sistemas de pago podrán presentar por correo electrónico archivos con órdenes de transferencia firmados electrónicamente utilizando certificados.

      Canal de comunicación: correo electrónico seguro.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

  • Transacciones con el exterior
  • Supervisión
    • EXB - Declaración de oficinas y locales abiertos al público de entidades supervisadasAbre en nueva ventana

      Aplicación que permite a las entidades de crédito, a establecimientos de compra-venta de moneda y a las entidades de pago la comunicación al Banco de España de la información sobre aperturas, cesiones, cierres o variaciones de sus oficinas y locales abiertos al público, según se establece en las circulares 1/2009, de 18 de diciembre y 6/2001, de 29 de octubre.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

    • SIF - Sistema de intercambio de información financiera pública en XBRL

      El sistema  permite  el envío al Banco de España de la información financiera de entidades de crédito referente a los ocho estados p úblicos definidos en la Circular 4/2004, utilizando para ello el estándar XBRL.

      Comprende los siguientes subsistemas: la publicación de las distintas versiones de la taxonomía es-be-fs, el servicio de validación de documentos XBRL previo a su envío, el servicio de visualización de documentos XBRL en formato HTML, la consulta de la situación de envíos y la onsulta de errores detectados por el sistema en documentos enviados.

      Canal de comunicación: correo electrónico seguro y web.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

    • Declaración del estado-resumen de operaciones de compra de billetes y cheques de viajero de titulares de establecimientos de cambio de moneda (Estado OEC-3)Abre en nueva ventana

      Permite el envío al Banco de España del modelo OEC-3 por parte de los titulares de establecimientos de cambio de moneda autorizados a realizar exclusivamente operaciones de compra de billetes extranjeros ó cheques de viajero. Este estado deberá ser enviado exclusivamente cuando el volumen de las operaciones realizadas por el titular alcance determinados importes, recogidos en la norma segunda de la Circular 6/2001, modificada por la Circular 3/2009.

      El sistema habilita para la realización de las siguientes funciones: Presentar declaración de operaciones (trimestral o anual), Rectificar declaraciones previamente enviadas, Recuperar declaraciones guardadas temporalmente y Realizar consultas.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivo al que está dirigido: Personas físicas y personas jurídicas autorizadas por el Banco de España como titulares de establecimientos de cambio de moneda para realizar exclusivamente operaciones de compra de billetes extranjeros o cheques de viajero, con pago en euros.

    • Comunicación segura por correo electrónico con entidades supervisadasAbre en nueva ventana

      En el contexto de las entidades supervisadas por el Banco de España, se utilizará el correo electrónico seguro exclusivamente en aquellas comunicaciones que, en la actualidad, se realizan con los grupos de supervisión mediante correo electrónico y en aquellos casos en los que es previsible un intercambio continuado y frecuente de datos con una entidad dada.

      Canal de comunicación: correo electrónico seguro.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

  • Central de Balances
    • Acceso destinado a empresas colaboradoras con la Central de Balances, que ya disponen de un certificado electrónico emitido por un prestador de servicios de certificación aceptado por el Banco de EspañaAbre en nueva ventana , para solicitar una serie de productos personalizados (Estudios individuales, fichero de datos...).

      Canal de comunicación: web.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

  • Servicio Ejecutivo de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC)
    • Declaración mensual de operaciones al SEPBLACAbre en nueva ventana

      Con objeto de poder enviar por vía telemática la información de la declaración mensual de operaciones de reporting desde las entidades al SEPBLAC -a través de la aplicación DMO v2.0-, es necesaria la utilización de certificados digitales emitidos por el Banco de España para la firma de dichas declaraciones.

      Canal de comunicación: web.

      Colectivo al que está dirigido: personas jurídicas.

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