Con arreglo a la Decisión del Banco Central Europeo de 16 de septiembre de 2010 sobre la comprobación de la autenticidad y aptitud de los billetes en euros y sobre su recirculación, modificada por la Decisión del Banco Central Europeo de 7 de septiembre de 2012, las entidades de crédito y otros profesionales del manejo de efectivo entregarán información al banco central nacional sobre la actividad de selección de billetes en euros. De esta forma el Eurosistema supervisa la actividad del reciclaje de billetes y contribuye a mantener la calidad de los billetes en circulación.
Asimismo el Banco de España ha establecido en las Aplicaciones Técnicas de Efectivo la información estadística trimestral que deben emitir las entidades adheridas a las Cláusulas Generales y los centros de selección de billetes.
La información requerida se remitirá a través de la aplicación informática MRB. Se puede elegir entre hacerlo mediante el tecleo en el terminal (NSLBE o SWIFT) o mediante el envío del fichero EDITRAN (esta opción es obligatoria para los centros de selección).
Para la remisión de los datos mediante un terminal, es necesario solicitar el alta de usuario, enviando una carta, conforme al modelo, donde se nominen las personas autorizadas al uso de dicha aplicación.
Además, cuando se utilice fichero EDITRAN, se deberá identificar la maquinaria utilizada mediante el sistema de codificación que el Banco de España ha elaborado al efecto y que actualizará al inicio de cada periodo de remisión de los estados para incluir la nueva maquinaria homologada y dar de baja la que proceda.
Este sistema de comunicación se debe utilizar desde el 1 de abril de 2008, con la excepción de los municipios con población menor o igual a 5.000 habitantes, para los que se mantendrá invariable hasta el 1 de enero del 2011.
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